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Legal — España

Esto no es asesoramiento jurídico. Es un resumen en lenguaje llano escrito para personas activistas, no por un abogado o abogada, documentado el 27 July 2026. Si te enfrentas a un registro, una incautación o una resolución judicial, busca asistencia letrada. El capítulo italiano describe el procedimiento penal italiano y no se aplica en España.

El marco: artículos 588 sexies LECrim

Desde la Ley Orgánica 13/2015, la Ley de Enjuiciamiento Criminal regula expresamente el registro de dispositivos de almacenamiento masivo de información en los artículos 588 sexies a) a c). La idea central es que incautar un ordenador o un móvil y acceder a su contenido son dos cosas distintas, y que la segunda necesita su propia justificación.

  • Autorización judicial motivada. El acceso al contenido requiere resolución judicial motivada que fije los términos y el alcance del registro. No basta con que el dispositivo se haya incautado legalmente.
  • Registro domiciliario. Si los dispositivos aparecen durante un registro de domicilio ya autorizado, el auto debe extender su razonamiento a la incautación y, en su caso, al acceso a los contenidos.
  • Preferencia por la copia. El registro debe hacerse sobre una copia, preservando la integridad de los datos. No debería incautarse el dispositivo original salvo que sea objeto o instrumento del delito o existan razones que lo justifiquen. Esto importa en la práctica: es un argumento para recuperar el equipo.

La excepción de urgencia

Cuando un interés constitucional legítimo exige una actuación inmediata, la Policía Judicial puede examinar directamente los dispositivos incautados sin autorización previa. No es un cheque en blanco: debe comunicarlo al juez por escrito en un plazo de 24 horas, motivando las razones, lo actuado y el resultado, y el juez confirma o revoca la medida en un plazo de 72 horas. Si esto ocurre, conviene que tu defensa compruebe que esos plazos y esa motivación existieron.

Contraseñas: a ti no te pueden obligar

El artículo 588 sexies c) permite a las autoridades requerir a cualquier persona que conozca el funcionamiento del sistema o las medidas de protección de los datos para que facilite la información necesaria, salvo que ello suponga una carga desproporcionada.

Ahora bien — y esto es lo importante — ese deber de colaboración no alcanza a la persona investigada, ni a los familiares dispensados de declarar, ni a quienes están amparados por el secreto profesional conforme al artículo 416. Es decir: si eres la persona investigada, no estás obligada a entregar tus contraseñas.

Entrada y registro en el domicilio

La entrada y registro en un domicilio requiere resolución judicial motivada, o flagrancia delictiva, o consentimiento válido del titular. Sobre el desarrollo:

  • El registro se practica en presencia de la persona interesada o de su representante. Si no está o no quiere asistir y no designa representante, en presencia de un familiar mayor de edad; y en su defecto, de dos testigos vecinos de la localidad.
  • La presencia del Letrado de la Administración de Justicia (antes Secretario Judicial) garantiza la legalidad de la diligencia y da fe de lo hallado. Desde la reforma de 1992 su presencia sustituye la exigencia de los dos testigos adicionales.
  • Consentimiento estando detenida: si a la persona se le ofrece consentir el registro estando detenida o presa, la asistencia letrada es imprescindible. Nadie debería consentir un registro estando detenido sin su abogado o abogada delante.

Recomendaciones prácticas

  • No obstaculices físicamente el registro ni destruyas nada: empeora tu situación de forma independiente al asunto de fondo.
  • Pide asistencia letrada y ejerce tu derecho a no declarar.
  • Pide que consten en el acta las incidencias: qué se llevan, si se precinta, si encienden o manipulan un equipo que estaba apagado.
  • Solicita la presencia de un perito de parte, sobre todo si el análisis no va a poder repetirse.
  • Tras la devolución del material, no enciendas los dispositivos: avisa antes a una persona experta de confianza, para no comprometer un eventual contraperitaje.

Lo que de verdad protege

Las garantías procesales son la segunda línea. El cifrado completo del disco con una passphrase sólida, un equipo apagado en lugar de simplemente bloqueado, y no llevar encima datos que no necesitas son lo que determina si una incautación produce algo. El resto de este folleto trata precisamente de eso.

Sources